Concesiones Marítimas en Chile: Proceso y Requisitos

Una concesión marítima es un acto administrativo mediante el cual el Estado autoriza a una persona natural o jurídica el uso exclusivo de bienes nacionales de uso público y de bienes fiscales ubicados en la costa, mar territorial, ríos y lagos navegables.

Los bienes nacionales de uso público consisten en playas, rocas, fondos de mar, lago o río y porciones de agua; mientras que los bienes fiscales corresponden a sectores de terrenos de playa de dominio fiscal – y no de particulares-, comprendiendo a una franja de hasta 80 metros desde la línea de la más alta marea.

Su otorgamiento faculta a los titulares a utilizar dichos sectores debiendo pagar por ello la correspondiente renta o tarifa establecida por el acto de otorgamiento.

La duración de las concesiones marítimas se encuentra vinculada al nivel de inversión comprometida por el solicitante:

  • Las concesiones marítimas menores, son aquellas que se otorgan por un plazo de hasta 10 años y consideran un monto de inversión inferior a 2.500 UTM.
  • Las concesiones marítimas mayores pueden otorgarse por hasta 30 años y son las que consideran un monto de inversión superior a las 2.500 UTM.

“Las concesiones marítimas permiten a los titulares utilizar estos espacios a cambio del pago de una renta o tarifa.”

El proceso de solicitud se inicia ante la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa Nacional, en la que se requiere contar con la obtención previa de certificados de servicios públicos locales y regionales, así como de los antecedentes técnicos y reglamentarios aplicables.

Una vez declarada la admisibilidad del trámite, se considera la emisión de un informe técnico por parte de la Autoridad Marítima y la publicación de un extracto en la página web de la Subsecretaría.

Para el caso de las concesiones marítimas mayores se requiere, además, de una publicación en un medio de prensa regional o local, lo que garantiza que la comunidad y eventuales interesados tengan conocimiento del trámite y puedan deducir una oposición al mismo si se vieran afectados en sus derechos o intereses legítimos.

El cumplimiento de las normativas locales y regionales, así como la compatibilidad del proyecto con la zonificación costera, puede ser objeto de evaluación por parte de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, en caso de ser requerido por la Subsecretaría.

Finalmente, las concesiones marítimas son otorgadas mediante un decreto supremo del Ministerio de Defensa Nacional, sujeto al trámite de razón por la Contraloría General de la República en ciertos casos y notificado al concesionario por la Capitanía de Puerto para dar inicio a las obras.

Nuestro equipo de abogados combina conocimiento jurídico especializado con un enfoque estratégico, asegurando que cada proyecto cumpla con la normativa aplicable y avance de manera eficiente, resguardando los intereses de nuestros clientes en todas las etapas del proceso.

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